Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0359/2020-S4
Fecha: 05-Ago-2020
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
David Víctor Chavarría Pommier, Fiscal de Materia, en audiencia, expresó que no se cumplieron los requisitos para la interposición de la acción de libertad, tales como el principio de subsidiariedad, al no haber formulado el recurso de reposición dentro de las veinticuatro horas; asimismo, consideró que la autoridad demandada justificó debidamente el motivo de la suspensión de la audiencia, que estuvo basada en la necesidad de proteger el derecho a la defensa, debido a la inasistencia del imputado; por lo que, al no existir ningún tipo de vulneración de derecho alguno, no debía proceder la presente acción de defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La celeridad en las actuaciones vinculadas con la libertad personal y la acción de libertad de pronto despacho
- 3)Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- ‘…busca
- tramitadas, resueltas
- III.2.
- CONFIRMAR