AUTO CONSTITUCIONAL 0133/2020-RCA
Fecha: 30-Sep-2020
Solicitud de Urgente Certificación
En ese contexto, ante las constantes suspensiones de audiencias y el peligro de vencer el término de la interposición de la acción de amparo constitucional, el 28 de julio de 2020, después de realizar su reclamo por la negativa de ser atendido en la citada Jefatura del Trabajo, logró presentar nota de “Solicitud de Urgente Certificación…” (sic), de todo lo precedentemente desarrollado; recibiendo como respuesta la resolución de la misma fecha, refiriendo que los plazos quedaban suspendidos por la precitada “Pausa Sanitaria”.
Es así que, la Jefatura Departamental del Trabajo de Oruro dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, por la pandemia originada por el COVID-19, no emitió conminatoria de reincorporación laboral y pago de sueldos devengados y demás derechos sociales actualizados a la fecha de pago conforme establece el Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006, aspecto no atribuible a dicha Instancia o a su persona.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Solicitud de Urgente Certificación
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR