Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0164/2020-CA
Fecha: 16-Sep-2020
Autoridad Sumariante de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional
En consulta la Resolución de 21 de julio de 2020, cursante de fs. 5 a 9, pronunciada por la Autoridad Sumariante de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional, por la que rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Zorka Victoria Zeballos Tomianovic, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 9 inc. a) y 10 del Estatuto del Funcionario del Público (EFP); y, 9 y 12 inc. a) del Reglamento Interno de Personal de la Cámara de Senadores aprobado por Resolución de Directiva 035/2013-2014 de 19 de abril de 2013, por ser presuntamente contrarios a los arts. 236.II y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Autoridad Sumariante de la Cámara de Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- cualquier género de resolución no judicial
- procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas, así como las normas constitucionales que se consideren infringidas, formulando con claridad los motivos por los que la norma impugnada es contraria a la Constitución Política del Estado
- la carencia absoluta de fundamentos jurídico constitucionales alude a una operación argumentativa ineludible, basada en razonamientos constitucionales que sean suficientes de acuerdo al caso concreto que se analiza, para germinar una duda sobre la adecuación de la norma demandada a los valores, principios y normas de la Constitución Política del Estado
- siendo concreta ya que la aparente incompatibilidad de la disposición legal con la Norma Fundamental surge en la aplicación de la disposición legal a un caso concreto a momento de resolver un proceso judicial o administrativa; es decir, cuando una duda fundada y razonable sobre la constitucionalidad de una disposición legal o de algunas de sus normas, cuya validez depende la adopción de su fallo
- II.4.
- RATIFICAR