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    AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2020-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0176/2020-CA

    Fecha: 21-Sep-2020

    II.1.  Marco normativo constitucional y legal

    A su vez, el art. 74 del CPCo, otorga legitimación activa para interponer esa acción a: “…la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, cualquier miembro de la Asamblea Legislativa Plurinacional o de los Órganos Legislativos de las Entidades Territoriales Autónomas, las máximas autoridades ejecutivas de las Entidades Territoriales Autónomas, así como la Defensora o el Defensor del Pueblo”.

    • acción de inconstitucionalidad abstracta
    • I.1. Argumentos jurídicos de la acción
    • a)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • El accionante debe explicar las razones, por las que se considera que las normas impugnadas son contrarias al texto de la Constitución Política del Estado
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • ARTICULOS VULNERADOS DE LA CPE
    • RECHAZAR

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