El suscrito Magistrado, en el plazo establecido expresa su conformidad con la declaratoria de incompatibilidad efectuada mediante la DCP 0014/2020 de 23 de septiembre, sobre el
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

El suscrito Magistrado, en el plazo establecido expresa su conformidad con la declaratoria de incompatibilidad efectuada mediante la DCP 0014/2020 de 23 de septiembre, sobre el

Fecha: 23-Sep-2020

I. Respecto a la organización territorial:

A partir de dicho precepto constitucional, remitiéndonos al contenido normativo de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, en su art. 6, se establece lo siguiente: “A los efectos de esta Ley se entiende por: I. Respecto a la organización territorial: 1. Unidad territorial.- Es un espacio geográfico delimitado para la organización del territorio del Estado, pudiendo ser departamento, provincia, municipio o territorio indígena originario campesino.(…) II.         Respecto a la administración de las unidades territoriales: 1. Entidad Territorial.- Es la institucionalidad que administra y gobierna en la jurisdicción de una unidad territorial, de acuerdo a las facultades y competencias que le confieren la Constitución Política del Estado y la ley”.