SCP 0024/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0024/2020

Fecha: 02-Sep-2020

II.

En el marco de lo expuesto, la suscrita Magistrada no comparte los argumentos y determinación asumidas en la SCP 0024/2020, al existir una contradicción sustancial en dicho fallo; puesto que, conforme se tiene expuesto ut supra, el fallo constitucional desarrolla los argumentos por los cuales los cuatro puntos cuestionados de nulidad por el recurrente, no procederían en el marco de los dos supuestos establecidos por la Norma Fundamental y el Código Procesal Constitucional, esto es: usurpación de funciones sin competencia, en relación al ejercicio del de funciones ajenas y ejercicio de potestad o jurisdicción no asignada por la Norma Suprema o las leyes, referido al ejercicio de funciones inexistentes.

De esa labor realizada la Sentencia Constitucional Plurinacional, concluye en la improcedencia del recurso directo de nulidad interpuesto, por falta de fundamentos jurídicos o carga argumentativa, afirmando luego que esa situación impediría ingresar al fondo de la nulidad invocada; empero, los fundamentos previos denotan todo lo contrario, pues en ellas se establece los cuatro puntos que
-a criterio del recurrente- configurarían la “materialización de una competencia que no emana de la Ley” y en base a ello, es el propio fallo constitucional el que efectúa un análisis y contraste normativo para concluir que los supuestos planteados no se subsumirían a los presupuestos establecidos para su procedencia -se entiende en el marco del alcance y finalidad del recurso directo de nulidad en vinculación con su naturaleza jurídica- de connotación constitucional que derivaría en declarar fundado o infundado el recurso.