SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0378/2020-S2

Fecha: 03-Sep-2020

1)

Daniel Alejandro Peterito Llanos, Fiscal de Materia de la FEVAP de la ciudad de La Paz, remitió informe que fue leído en audiencia tutelar de 18 de diciembre de 2019, mediante el que solicitó se deniegue la tutela, en mérito a los siguientes fundamentos: 1) Dentro de la investigación desarrollada respecto a los Vocales del Tribunal Supremo Electoral se colectaron elementos que permitieron ampliar la misma con relación a otros seis servidores públicos que habrían tenido participación directa en los hechos ilícitos que se llevaron a cabo en las elecciones de 20 de octubre de 2019, entre ellos Abimael Jhonatan Machicao Jiménez;         2) En ese sentido, los elementos recabados de entrevistas informativas y declaraciones establecieron que el hoy accionante habría sido quien realizó el aislamiento del Sistema de Transmisión de Resultados Preliminares (TREP) el día de las referidas elecciones y por ende tenía conocimiento de la manipulación informática llevada a cabo; 3) En ese marco, el ahora impetrante de tutela está siendo investigado por delitos  de alteración y ocultación de resultados, beneficios en función del cargo, resoluciones contrarias a la Constitución Política del Estado y a la leyes, por lo que al amparo del art. 226 del CPP emitió mandamiento de aprehensión contra el aludido; 4) Respecto a que no sería funcionario público sino consultor tal extremo no fue demostrado; y, 5) Finalmente, no se observó el principio de subsidiariedad toda vez que debió acudir ante el Juez de Instrucción Penal que ejerce el control jurisdiccional del proceso penal.