Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2020-S2
Fecha: 09-Sep-2020
II.3.
II.3. A través de Oficios 1013/2019 y “1013”/2019 de 11 de julio; y, 1982/2019 y 1983/2019 de 12 de septiembre, la autoridad demandada hizo conocer la detención del peticionante de tutela y solicitó procedimiento conforme a derecho tanto al Tribunal Supremo de Justicia como a la Embajada del Reino de España (fs. 48 a 51 y 57 a 59).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la demandada
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en la acción de libertad
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas; vale decir, que se deberá demandar a quien impartió la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales
- III.2. Análisis del caso concreto
- deberá informar en forma inmediata
- CONFIRMAR