SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

denegó

La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 133 de 21 de octubre de 2019, cursante de fs. 56 vta. a 59 vta., denegó la tutela solicitada, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) Las excepciones conforme al art. 314 del Código de Procedimiento Penal (CPP), deben presentarse con prueba idónea, pertinente y fundamentada, no directamente, para que la autoridad judicial responda; y, ii) En el presente caso, se sostuvo que el Tribunal Supremo de Justicia no valoró “…la excepción pese de que ellos han ofrecido una prueba para valorarse. Verificamos el cuaderno de Amparo Constitucional y verificamos que existe el Auto Supremo de 24 de octubre de 2018 en el cual hacen referencia que existe el memorial del 09 de agosto de 2018 de extinción de la acción penal por prescripción y que en ese memorial no hubiesen ofrecido prueba y no le están dando la posibilidad a que el Tribunal Supremo se pronuncie sobre esa prueba…” (sic), y al no existir el citado escrito no hay certeza sobre la vulneración de derechos.

También, la Sala Constitucional complementó su decisión disponiendo se emita un oficio a los Magistrados demandados para que en el plazo de veinticuatro horas remitan todas las pruebas en fotocopias legalizadas, referido al trámite de la excepción deducida por el peticionante de tutela; asimismo, “…se debe dar fotocopias legalizadas al accionante de todos los antecedentes en el mismo término…” (sic).