SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Cuando desempeñaba el cargo de Técnico Proyectista III en la Dirección de Planificación y Proyecto del Gobierno Autónomo Municipal de Riberalta del departamento de Beni, fue invitada por el ahora accionado para ejercer el cargo de Técnico de Apoyo de su Empresa, con un salario y estabilidad laboral; por ello, renunció al cargo que ocupaba en la citada entidad municipal; y se trasladó a Cobija para asumir las funciones en la referida Empresa como encargada de ejecutar el Proyecto Vivienda Cualitativa en el Municipio de Cobija – Fase (LXII) 2019 – Pando, desde el 17 de junio de 2019, con un contrato verbal; sin embargo, a partir el 2 de septiembre del mismo año, de manera arbitraria fue despedida de su fuente laboral, sin ningún preaviso ni proceso alguno, solo por deslindar su responsabilidad de no asumir el subsidio de natalidad y el seguro de salud, al encontrarse embarazada.

Por lo señalado, se vulneraron sus derechos al trabajo, a la “estabilidad” y al seguro de salud; pese a la emisión de la Conminatoria de reincorporación laboral MTEPS-JDTP 010/19 de 18 de septiembre de 2019, por la Jefatura Departamental de Pando del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; y, su solicitud de reincorporación inmediata a su fuente laboral no recibió respuesta alguna.