Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0439/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
II.3.
II.3. Según Plano de Ubicación y Uso de Suelo, emitido por la Dirección de Regulación Urbana del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, el lote de terreno urbano 12, Manzana 22, de la UV159A, con una extensión superficial de 360.00 m², Esteban Mamani Flores solicitó la visación de este instrumento, siendo el titular del uso del suelo del indicado terreno urbano (fs. 7).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1. Pr
- i) Avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos con limitación arbitraria del derecho a la propiedad, la pérdida o perturbación de la posesión o la mera tenencia del bien inmueble;
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- CONFIRMAR