SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0442/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

1)

Alaín Núñez Rojas y Erwin Jiménez Paredes, Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante informe presentado el 16 de octubre de 2019, cursante a fs. 585 y vta., manifestaron que: 1) El derecho fundamental al que aduce el accionante fue debidamente protegido al momento de dictar la resolución motivo de la acción de amparo constitucional, al revocar el fallo del Juez de primera instancia se evidenció que éste no observó de manera correcta el interés superior de los menores, y, 2) Los administradores de justicia ante cualquier eventualidad que involucre a un menor de edad deben velar por su interés, puesto que son sujetos vulnerables de asistencia pronta y eficaz, la madre al tener la custodia de los menores debe brindar los cuidados necesarios que implican la crianza de los niños y los gastos de salud, educación y gastos extraordinarios.

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de congruencia omisiva y de falta de valoración de la prueba; puesto que: 1) Los Vocales hoy accionados a través del Auto de Vista 86 de 17 de mayo de 2019, declararon improbado el incidente de reducción de asistencia familiar contra su persona y probado el recurso de apelación planteado por la ahora tercera interesada sin considerar que éste fue interpuesto de manera extemporánea; y, 2) No se valoró en el referido Auto de Vista las pruebas presentadas por su persona.