Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
i)
i) Una vez que el Fiscal inferior recibe la impugnación del sobreseimiento o de oficio, deberá informar sin mayor formalidad, al juez que ejerce el control jurisdiccional, y remitir dicho actuado dentro del plazo máximo de veinticuatro horas al Fiscal Departamental para su revisión, quien está en la obligación de emitir resolución de ratificación o de revocatoria del mismo, indefectiblemente dentro de los diez días siguientes a su recepción;
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 6
- para que se pronuncie dentro el plazo de diez (10) días, bajo responsabilidad
- la cesación de las medidas cautelares y la cancelación de sus antecedentes penales
- cumplido el plazo que, tiene el Ministerio Público para resolver la situación jurídica de un imputado, corresponde la libertad inmediata del detenido preventivo; pero previo señalamiento de audiencia
- i)
- ii)
- iii)
- Fragmento 13
- 1)
- III.3. Análisis del caso concreto
- que la referida impugnación fue puesta a conocimiento suyo a través de memorial presentado el 26 de noviembre de 2019
- REVOCAR