SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0465/2020-S4
Fecha: 16-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
El accionante alegó la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, “derecho a la alimentación” y acceso al seguro universal de salud; toda vez que, fue despedido arbitrariamente de su fuente laboral empresa CERAMISUR S.A.; motivo por el cual, acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo de Tarija, instancia que mediante Conminatoria MTEPS-JDTT 026/2018, ordenó su restitución al mismo puesto laboral que ocupaba; sin que dicha determinación haya sido cumplida, por la indica Empresa hasta la presentación de esta acción de constitucional; habiendo la Empresa ahora demandada, impugnado la misma a través de los recursos de revocatoria y jerárquico mismas que confirmaron la citada Conminatoria de Reincorporación Laboral.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.2. El cumplimiento integral de la Conminatoria de Reincorporación Laboral
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- provisional
- a la justicia constitucional, no le compete ingresar a analizar los elementos que hacen al fondo de la causa, pues ello implicaría un pronunciamiento previo y anticipado respecto a los hechos a ser conocidos por la autoridad laboral competente
- CONFIRMAR
- 2°