SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
I.2.2.
David Valda Terán y Hugo Juan Iquise Saca, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, no asistieron a la audiencia de consideración de esta acción tutelar ni remitieron informe alguno, pese a su citación, cursante de fs. 330 a 331, acta de suspensión de audiencia y nuevo señalamiento (fs. 340 y 341).
David Marcelo Coca Echeverría, Juez de Sentencia Penal Segundo; y, Juan Coronado Camacho, Juez de Sentencia Penal Noveno, ambos de la Capital del departamento de Santa Cruz, no asistieron a la audiencia de consideración de esta acción de defensa ni remitieron informe alguno, pese a su citación, cursante de fs. 328 a 329, acta de suspensión de audiencia y nuevo señalamiento (fs. 339 y 342).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2.
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la actuación de la Sala Constitucional
- CONFIRMAR
- 2° Se exhorta