SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0474/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos de acceso a la justicia “o” tutela judicial efectiva y al debido proceso; puesto que, el Juez de Sentencia Penal Segundo de la Capital del departamento de Santa Cruz -hoy coaccionado-, rechazó el incidente de nulidad de obrados, la tercería de dominio excluyente y la oposición de desapoderamiento que interpuso, a pesar que no fue citado dentro del proceso penal por el que se sigue la reparación de daño civil y entrega de bien inmueble, y que la ahora tercera interesada no tiene documentos de propiedad sobre el inmueble reclamado. Por su parte, los Vocales hoy accionados al pronunciar el Auto de Vista 98 de 10 de mayo de 2019, de manera ilegal y hasta “delincuencial” han forzado una acción judicial en su contra en inobservancia y vulneración de sus derechos y garantías constitucionales, creando defectos absolutos no susceptibles de convalidación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.2.
- denegó
- II.1
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la correspondencia entre los hechos, derechos y petitorio
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la actuación de la Sala Constitucional
- CONFIRMAR
- 2° Se exhorta