Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0535/2020-s3
Fecha: 15-Sep-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Puntualiza que conforme a las documentales que adjunta, el 17 de septiembre de 2019, se dio inicio a los actos investigativos “…con el informe al Sr. De Garantías, sin embargo en ningún momento dicha investigación se amplio, por lo que las investigaciones se realizaron sin el debido control jurisdiccional” (sic), lesionando lo dispuesto por el art. 279 del Código de Procedimiento Penal (CPP).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión,
- CONFIRMAR