Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0557/2020-S3
Fecha: 16-Sep-2020
I.2.2. Informe de las personas accionadas
Alisson Hilda Vidal Ortiz e Hilda Ortiz Lino, por memorial presentado el 15 de noviembre de 2019, cursante a fs. 45, manifestaron su apersonamiento, dando a conocer su imposibilidad de asistencia al llamado jurisdiccional, una por razones de salud y la otra por temas laborales, pidiendo que en audiencia se otorgue el derecho a la réplica a su abogado patrocinante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las personas accionadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 7
- Fragmento 8
- a) Evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y, b) Evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela;
- la carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica
- invocar la excepción de la prueba
- III.2. Análisis del caso concreto
- medidas de hecho
- Fragmento 15
- CONFIRMAR