Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0031/2021-RCA
Fecha: 29-Ene-2021
I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
Mediante decreto constitucional de 2 de octubre de 2019 (fs. 54) se dispuso la suspensión de plazo por solicitud de documentación complementaria, llegando a reiterar la solicitud efectuada mediante decretos constitucionales de 16 de diciembre de 2019 (fs. 71), de 3 de noviembre de 2020 (fs. 80). Remitida la documental requerida se ordenó la reanudación del cómputo de plazo por decreto constitucional de 7 de enero de 2021 (fs. 97), que fue notificado el 19 del citado mes y año (fs. 98 a 99); por lo que, el presente Auto Constitucional es emitido dentro del término.
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- I.6. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- II.2.
- en todo recurso de amparo que se derive de un proceso judicial o administrativo, en el que una de las partes demande al juez, Tribunal u órgano administrativo por lesión a algún derecho fundamental o garantía constitucional, supuestamente generada en el proceso principal, se debe hacer conocer, mediante la notificación pertinente, a la otra parte -que adquiere la calidad de tercero interesado-
- personal o por cédula;
- II.4. Análisis del caso concreto