AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0001/2021-O
Fecha: 14-Ene-2021
III.2. Análisis de la queja por incumplimiento
La entonces impetrante de tutela de la acción de amparo constitucional planteada contra Dolka Vanessa Gómez Espada y Omar Michel Durán, Consejeros de la Sala Disciplinaria; y Rubén Gustavo Coca Muñoz, Juez Disciplinario, todos del Consejo de la Magistratura; denuncia el incumplimiento de la Resolución de 16 de octubre de 2018, confirmada por la SCP 0196/2019-S4, señalando que las autoridades ahora denunciadas pronunciaron la Resolución SP-AP 17/2019, sin que en ella se hubiera analizado sobre la aplicación o correcta subsunción de su conducta a los tipos disciplinarios endilgados y cuestionados en el memorial de apelación, menos aún, se pronunciaron sobre la aplicación o no de la falta disciplinaria leve prevista por el numeral 5 del art. 186 de la LOJ; advirtiendo que en relación al segundo agravio, los antecedentes extrañados por su parte, se encontraban insertos “a fs. 171 de obrados” (sic), sin efectuar mayor análisis al respecto, incumpliendo con ello con los parámetros establecidos y exigidos en la Resolución de 16 de octubre de 2018, que fue confirmada por la SCP 0196/2019-S4; para la emisión de una nueva resolución.
Conforme se tiene desarrollado en el Fundamento Jurídico III.1 del presente fallo constitucional, el art. 16 del CPCo, prevé un procedimiento de queja por incumplimiento total o parcial, sobrecumplimiento, cumplimiento diferente o distorsionado o tardío en la ejecución de las sentencias, declaraciones y autos constitucionales, en procura de que éstas sean cumplidas en estricta correspondencia con lo dispuesto en dichas resoluciones.