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    AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-CA

    Fecha: 09-Feb-2021

    a instancia de una de las partes

    El art. 79 del CPCo, sobre la legitimación activa, determina que: “Tienen legitimación activa para interponer acción de inconstitucionalidad concreta, la Jueza, Juez, Tribunal o Autoridad Administrativa que, de oficio o a instancia de una de las partes, entiende que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad de la norma contra la que se promueve la acción” (las negrillas son nuestras).

    • Juez Público Civil y Comercial Tercero -en suplencia legal de su similar Segundo- del departamento de La Paz
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • a)
    • rechazar
    • a instancia de una de las partes
    • en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • II.3.1.
    • 1°  RATIFICAR
    • 2°  Exhortar

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