AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0039/2021-CA

Fecha: 09-Feb-2021

en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes

Por su parte el art. 73.2 del referido Código, establece que la acción de inconstitucionalidad concreta procederá “… en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas nos pertenecen).

De igual forma el art. 81.I del citado Código, determina que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de le Ejecutoria de la Sentencia”.