AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0042/2021-CA

Fecha: 18-Feb-2021

rechazó

La Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental de Santa Cruz, mediante Resolución 007/2021 de 27 de enero, cursante a fs. 105 y vta., rechazó promover la acción de inconstitucionalidad concreta, señalando que: a) El art. 26 de la CPE consagra los derechos políticos, los mismos que se encuentran amparados por el art. 23 de la CADH, que forma parte del bloque de constitucionalidad de conformidad al art. 410 de la Norma Suprema, el cual establece que los derechos humanos se aplican de manera favorable y preferente, ante cualquier normativa o ley de menos rango; y, b) Por Resolución TED-SCZ-JUR 009/2021 de 26 de enero, se declaró improbada la demanda de inhabilitación interpuesta por Adalid Lazarte Rojas contra Jorge Morales Encinas, candidato a Alcalde para el municipio de La Guardia por la VOCES, al no existir causal probada de inelegibilidad o de incumplimiento de requisitos, quedando subsistente su registro y habilitación.