DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0002/2021
Fecha: 22-Feb-2021
a)
La DCP 0061/2018, igualmente declaró la incompatibilidad constitucional del art. 57 del proyecto de COM analizado; debido a que: a) La participación y control social son derechos constitucionales, y en atención al art. 109.II de la CPE, las restricciones a éstos deben ser reguladas por una ley del nivel central del Estado; y, b) El art. 241.IV de la Norma Suprema, establece reserva de ley para el desarrollo del marco general del ejercicio del control social; en ese sentido, el indicado nivel de gobierno a través de la Asamblea Legislativa Plurinacional, sancionó la Ley de Participación y Control Social -Ley 341 de 5 de febrero de 2013-, donde se encuentran desarrolladas las restricciones y prohibiciones al ejercicio de los mencionados derechos; debido a que los gobiernos subnacionales no tienen competencia sobre dicha materia; además, según la DCP 0059/2014 de 6 de noviembre, en la COM únicamente se puede normar los espacios y mecanismos que garanticen su ejercicio.
En ese contexto, de la revisión integra del proyecto reformulado de la COM de San José de Chiquitos (Conclusión II.5); se advierte que el entonces art. 57, sobre el cual recayó la declaración de incompatibilidad constitucional, fue retirado del indicado proyecto, por lo que, ante la ausencia de dicha disposición no es posible efectuar el control previo de constitucionalidad debido a la falta de materia para cumplir con la contrastación constitucional prevista en el art. 116 del CPCo; por lo que, el Tribunal Constitucional Plurinacional, se encuentra imposibilitado de emitir pronunciamiento alguno.
- I.1.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- orgánicas y estatutos autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 9
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de San José de Chiquitos
- Fragmento 11
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Disposición observada
- a)
- Disposiciones observadas
- Disposiciones reformuladas
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- 2°
- 3° Disponer