Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0002/2021
Fecha: 22-Feb-2021
Disposiciones reformuladas
II. La Carta Orgánica Municipal, también podrá ser modificada total o parcialmente por iniciativa ciudadana y/o popular, mediante referendo con la firma de al menos el veinte por ciento del electorado, debiendo aprobarse el texto de la norma básica institucional por dos tercios del total de sus miembros del Concejo Municipal. La vigencia de la reforma necesitará referendo constitucional aprobatorio.
- I.1.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- orgánicas y estatutos autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 9
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de San José de Chiquitos
- Fragmento 11
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Disposición observada
- a)
- Disposiciones observadas
- Disposiciones reformuladas
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- 2°
- 3° Disponer