DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0002/2021
Fecha: 22-Feb-2021
Fragmento 11
En el control previo de constitucionalidad efectuado en la DCP 0061/2018, se declaró la incompatibilidad constitucional del parágrafo I del art. 33 del proyecto de COM de San José de Chiquitos, debido a que, la indicada disposición preveía que las Leyes Municipales podrían ser objeto de reconsideración por el Concejo Municipal, afectando de esa manera, el principio de seguridad jurídica que deben brindar dichos instrumentos normativos; pues dada su naturaleza jurídica y el procedimiento legislativo del cual emergen, no pueden ser sujetos de reconsideración, pues para su revisión, modificación o expulsión del ordenamiento jurídico, es necesario seguir el mismo tratamiento que les dio origen, y cuando corresponda, se aplicará la figura de la derogatoria o abrogatoria.
- I.1.
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- orgánicas y estatutos autonómicos
- debe establecerse que el mismo será realizado únicamente sobre aquellos artículos que fueron declarados incompatibles
- Fragmento 9
- III.3. Control previo de constitucionalidad de las disposiciones modificadas del proyecto de la COM de San José de Chiquitos
- Fragmento 11
- Control previo de constitucionalidad
- compatibilidad
- Disposición observada
- a)
- Disposiciones observadas
- Disposiciones reformuladas
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- 2°
- 3° Disponer