AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0051/2021-CA

Fecha: 04-Mar-2021

rechazó

Por Resolución RA-PE-03-008-21 de 11 de febrero de 2021, cursante de fs. 40 a 55, la Presidenta Ejecutiva a.i. de la ANB, rechazó la solicitud de Eliana Jasmine Valdez Pojasi, fundamentando que: a) Se extraña una argumentación jurídico-constitucional acorde a la petición efectuada, omitiendo precisar los elementos contenidos en las normas jurídicas que se buscan someter a control de constitucionalidad y que estarían en contradicción con los preceptos constitucionales; b) La acción de inconstitucionalidad concreta versa sobre la imaginaria vigencia de las disposiciones contenidas respecto a la carrera administrativa en los arts. 5, 7 y ss. de la Ley del Estatuto del Funcionario Público (LEFP) -Ley 2027 de 27 de octubre de 1999-, la cual fue derogada de forma expresa por la Disposición Derogatoria y Abrogatoria Única de la Ley 1356 de 28 de diciembre de 2020; y, c) Al no haberse demostrado la existencia de duda razonable y fundada sobre la inconstitucionalidad de la Disposición Final Séptima de la Ley 1356, no corresponde promover la acción normativa por cumplir con la causal de rechazo por falta de fundamento jurídico-constitucional prevista en los arts. 24.I.4 y 27.II inc. c) del Código Procesal Constitucional (CPCo).