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    AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2021-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2021-RCA

    Fecha: 08-Mar-2021

    a)

    Solicita se conceda la tutela; y en consecuencia: a) Se anulen obrados y todas las actuaciones procesales subsiguientes al viciado acto, hasta la Sentencia; y, b) Se disponga nuevamente su citación, en cumplimiento a lo ordenado por el Juez a quo, de acuerdo al informe de 28 de junio de 2007; es decir, mediante cédula en aplicación a lo establecido por el art. 121.II del Código de Procedimiento Civil abrogado (CPCabrog.).

    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2.
    • a)
    • improcedencia
    • i)
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • No serán admitidas
    • II.3.  Análisis del caso concreto

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