AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2021-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2021-RCA

Fecha: 08-Mar-2021

improcedencia

La Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución 04/21 de 11 de enero de 2021, cursante de fojas 988 a 990 vta., determinó la improcedencia de esta acción de defensa, fundamentando que: 1) La parte accionante no presentó en la vía incidental la solicitud de nulidad de obrados, incurriendo en inobservancia del principio de subsidiariedad, ya que la autoridad jurisdiccional no tuvo la oportunidad de pronunciarse sobre el asunto, y en caso de persistir la vulneración a sus derechos pudo interponer recurso de apelación “…y si a pesar de ello persiste la lesión…” (sic), recién se abre la posibilidad de acudir a la vía constitucional a través de esta acción de defensa, la misma que no puede ser usada como un mecanismo alternativo o sustitutivo de protección; y, 2) No argumentó ni fundamentó una abstracción del señalado principio, es más en este caso ni lo ha requerido.