Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0057/2021-RCA
Fecha: 08-Mar-2021
i)
Manifiesta que: i) Al impedirle hacer uso de la acción de amparo constitucional se vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica, a la protección efectiva, a la impugnación, al debido proceso en sus elementos congruencia y fundamentación; y, ii) Los Vocales de la Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz no realizaron un análisis técnico de la jurisprudencia constitucional por cuanto aplicaron de forma negligente y descuidada la SC 1806/2011-R de 7 de noviembre.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- No serán admitidas
- II.3. Análisis del caso concreto