SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2021-S4
Fecha: 09-Mar-2021
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de feminicidio en grado de tentativa, se dispuso su detención preventiva; sin embargo, mediante Auto de Vista 214/2018 de 5 de julio, emitido por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, se revocó en parte la resolución cautelar impugnada; empero, se consideró subsistentes los riesgos procesales previstos en los arts. 234.10 y 235.2 ambos del Código de Procedimiento Penal (CPP), manteniendo vigente la medida cautelar personal.
Ante nueva solicitud de cesación a la detención preventiva e impugnado que fue el rechazo, mediante Auto de Vista de 31 de octubre de 2018, el Tribunal de alzada declaró procedente en parte el recurso de apelación, dejando sin efecto el riesgo procesal previsto en el numeral 2 del art. 235 del adjetivo penal y mantuvo subsistente el peligro para la víctima, con el único argumento de que no se contaba con un informe específico sobre el cumplimiento de las medidas de protección; consistentes en no molestar ni intimidar a la víctima, testigos y recibir terapia psicológica en el Centro de Promoción y Salud Integral (CEPROSI).
Asimismo, presentada otra solicitud de cesación a la medida cautelar indicada; ésta, también fue rechazada por el Tribunal de Sentencia Penal Quinto de El Alto del nombrado departamento –por medio del Auto Interlocutorio 51/2019 de 26 de marzo–, afirmando que seguía vigente el riesgo procesal del art. 234.10 del CPP; determinación que fue confirmada –mediante Auto de Vista 181/2019 de 29 de abril–, por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, estableciendo tres medidas de protección adicionales a las señaladas por el a quo, alegando que constituían garantías para la víctima; agravando de esta manera su situación jurídica y vulnerando la prohibición de reforma en perjuicio, permitiendo que continuara indebidamente detenido.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Sobre la debida congruencia en las resoluciones judiciales. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR