Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO ACLARATORIO DE LA SCP 0011/2021
Fecha: 11-Mar-2021
improcedente
La suscrita Magistrada si bien está de acuerdo con lo resuelto en la SCP 0011/2021 de 11 de marzo, que declaró improcedente la presente acción de inconstitucionalidad abstracta, considera que el Fundamento Jurídico III.2, se debió incluir el precedente constitucional que establece que es posible efectuar el control de constitucionalidad, respecto de normas formalmente derogadas o abrogadas cuando estas mantiene sus efectos jurídicos, conforme a los siguientes fundamentos:
- Promovida por:
- improcedente
- reconocen que excepcionalmente procede el control normativo de constitucionalidad contra las normas no vigentes; empero la condición es que las mismas, a pesar de no estar vigentes formalmente, todavía producen efectos jurídicos dada su ultractividad
- Fragmento 4
- excepcionalmente el juicio de constitucionalidad normativo procede contra normas que fueron abrogadas o derogadas, no se encuentran vigentes; empero, la condición es que las mismas, a pesar de no estar vigentes formalmente, todavía producen efectos jurídicos dada su ultra actividad
- II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0011/2021