Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0076/2021-RCA
Fecha: 13-Abr-2021
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 18 de febrero de 2021, cursante a fs. 126 y vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Freddy Calle Plata contra Patricia Torrico Ortega y Jesús Víctor Gonzales Milán, Vocales de la Sala Penal “Segunda” del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, Mercedes Huanca López, Jueza Pública Mixta Civil y Comercial de Familia e Instrucción Penal Primera de Tiquipaya del citado departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- I.5. Síntesis de la impugnación
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- la exposición de los hechos, la identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y el petitorio que se solicita; no alude al nexo de causalidad que deba existir entre los mismos,
- la exigencia de exponer el nexo de causalidad entre estos, al ser una exigencia de fondo, podrá ser enmendada incluso en la audiencia de garantías a tiempo fundamentar su acción tutelar
- II.3. Análisis del caso concreto
- viii)