AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2021-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0101/2021-CA

Fecha: 01-Abr-2021

rechazó

El Juez Disciplinario Primero de la Oficina Departamental de Tarija del Consejo de la Magistratura, por Resolución de 26 de febrero de 2021, cursante de fs. 29 a 31, rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta, bajo los siguientes fundamentos: 1) La solicitante de tutela, al formular la acción normativa lo que pretende es dilatar el proceso disciplinario, el cual fue implantado para procesar a los funcionarios del ámbito judicial, fundándose en la verdad material, alejado de la corrupción; 2) Los preceptos legales cuestionados, son normas que el legislador promulgó para procesar las conductas negligentes de los operadores de justicia; por lo que, el disciplinado tiene la posibilidad de formular la excepción de prescripción en el momento procesal que prevé la norma, y que la falta en la que incurrió prescriba a los dos años, antes del procesamiento disciplinario; puesto que, buscar la prescripción luego de tramitado todo el proceso en el marco de la ley, seria retroceder en el anhelo que busca la norma positiva, el cual es erradicar la corrupción, la negligencia y las inconductas, que hace un daño no solo al sistema de justicia, sino al Estado Plurinacional de Bolivia; por todo ello, la acción de control normativo carece de fundamentación jurídico-constitucional; y, 3) El 12 del mismo mes y año, la accionante presentó excepción de prescripción, al no adecuarse a la ley, fue rechazado por Resolución de 17 del mes y año citados; de tal manera, la acción de control normativo formulada solo busca dilatar el proceso disciplinario que se encuentra pendiente de emitirse la resolución definitiva.