SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0028/2021-S2

Fecha: 08-Abr-2021

si bien el mismo no encuentra

Asimismo, respecto al derecho a la salud, el cual puede ser tutelado a través de este mecanismo de defensa, la SCP 0112/2018-S2 de 11 de abril señaló: “…en relación a la protección al derecho a la salud vinculado con el derecho a la vida, y de su reconocimiento no sólo por la Constitución Política del Estado, sino por tratados y convenciones internacionales ratificados por Bolivia; si bien el mismo no encuentra a través de la acción de libertad protección como un derecho autónomo, si lo hace cuando se encuentra relacionado directamente con el peligro de muerte o riesgo de vida, por cuanto: ‘La salud reviste la naturaleza de derecho fundamental merced a su relación innegable con el derecho a la vida. La vinculación entre el derecho a la vida y el derecho a la salud se aprecia con absoluta claridad, ya que la presencia de una patología de tal magnitud como las enfermedades terminales, por ejemplo, además de conducir a la muerte, desmejora la calidad de vida durante el tiempo al que todavía pueda aspirarse[1]” (énfasis añadido).