SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0061/2021-S4

Fecha: 29-Abr-2021

II.3.

II.3.    Por memorial presentado el 30 de noviembre de 2015, ante la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, los ahora impetrantes de tutela solicitaron el cambio de razón social de la Resolución Administrativa Municipal 080/88, la Resolución Concejal Municipal 049/94 de 22 de junio de 1994, la Resolución Administrativa Municipal Ejecutiva 105/2014 y la Resolución Administrativa Municipal 753/2014 (fs. 52); posteriormente, por escrito presentado el 10 de marzo de 2017 los solicitantes de tutela, pidieron a la Alcaldesa del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, se fraccione la minuta de ratificación y adjudicación colectiva de los terrenos de la Urbanización 31 de Octubre-Tarapacá, ex comunidad Junthuma, zona Sur de la ciudad de El Alto, y su registro en la oficina de DD.RR. (fs. 56 y vta.); asimismo, por memorial presentado al Director de Administración Territorial del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, solicitaron se instruya se fraccione la minuta de ratificación de adjudicación colectiva, y, se franquee visado y certificación de planos individuales (fs. 69 y vta.); así también, a través del escrito interpuesto el 4 de julio de 2017, ante el Secretario Municipal de Infraestructura Urbana del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto del departamento de La Paz, los accionantes denunciaron la negligencia, omisión e incumplimiento de deberes de los funcionarios del referido ente edil, en su trámite solicitando se instruya a la Dirección Jurídica de la referida entidad municipal se proceda a fraccionar de manera unilateral minutas de ratificación de adjudicación colectiva y su correspondiente registro en oficinas de DD.RR (fs. 70 y vta.); solicitud reiterada nuevamente ante la Alcaldesa del mencionado Gobierno Autónomo Municipal, mediante memorial presentado el 20 de septiembre de 2017 (fs. 71).