SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2021-S4

Fecha: 30-Abr-2021

1)

De la referida descripción normativa se evidencia que, la solicitud de la cesación a la detención preventiva en todos los presupuestos en los que procede, se debe tramitar con celeridad; teniéndose un procedimiento especial cuando se reclama que su duración excedió doce meses sin que se hubiese dictado acusación o veinticuatro meses sin que se hubiere dictado sentencia. En estos casos, se debe considerar el siguiente procedimiento: 1) En el plazo de veinticuatro horas se correrá traslado a las partes; 2) Notificadas las partes, las mismas tienen el plazo cuarenta y ocho horas para responder; y, 3) La Jueza Juez o Tribunal, con contestación o sin ella dictará resolución sin necesidad de audiencia dentro del plazo máximo de cuarenta y ocho horas.