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    AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2021-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2021-CA

    Fecha: 05-May-2021

    I.2. Respuesta a la acción

    Por decreto de 31 de marzo de 2021, el memorial de la acción de inconstitucionalidad concreta fue corrida en traslado a Álvaro Ronald Herbas Huayllas y a la Directora Ejecutiva de la AJAM (fs. 11), siendo notificados el 6 y 7 de abril de igual año (fs. 8 y 9); sin embargo, no presentaron informe alguno.

    • Ministro de Minería y Metalurgia
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • I.2. Respuesta a la acción
    • rechazó
    • II.2.
    • el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
    • La
    • es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
    • II.4. Análisis del caso concreto

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