AUTO CONSTITUCIONAL 0150/2021-CA
Fecha: 05-May-2021
Ministro de Minería y Metalurgia
En consulta la Resolución Ministerial (RM) 80/2021 de 12 de abril, cursante de fs. 4 a 7, pronunciada por el Ministro de Minería y Metalurgia, por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lolin Choque Veliz, demandando la inconstitucionalidad del art. 9 incs. a), b), h) y s) del Reglamento Interno de Personal de la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), aprobado por Resolución Administrativa (RA) AJAM/DJU/AL/RES/ADM/INT/39/2015 de 15 de septiembre, relacionado con el art. 8 incs. a) y b) del Estatuto del Funcionario Público (EFP) -Ley 2027 de 27 de octubre de 1999-, por ser presuntamente contrario al art. 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Ministro de Minería y Metalurgia
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2.
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- La
- es imprescindible que la autoridad judicial o administrativa exprese el razonamiento que le conduce a cuestionarlas
- II.4. Análisis del caso concreto