SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0095/2021-S2

Fecha: 07-May-2021

La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios

Al respecto la SCP 0707/2020-S4 de 12 de noviembre; indicó que: “Conforme a los arts. 178 y 180 de la CPE, ‘La potestad de impartir justicia emana del pueblo boliviano y se sustenta en los principios de independencia, imparcialidad, seguridad jurídica, publicidad, probidad, celeridad, gratuidad, pluralismo jurídico, interculturalidad, equidad, servicio a la sociedad, participación ciudadana, armonía social y respeto a los derechos’ y La jurisdicción ordinaria se fundamenta en los principios procesales de gratuidad, publicidad, transparencia, oralidad, celeridad, probidad, honestidad, legalidad, eficacia, eficiencia, accesibilidad, inmediatez, verdad material, debido proceso e igualdad de las partes ante el juez’ (…), de donde se interpreta que la función jurisdiccional, en cumplimiento de los principios procesales, debe efectivizar las actuaciones procesales en mérito del cumplimiento del principio de celeridad e inmediatez.