SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2021-S2
Fecha: 07-May-2021
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante denuncia la vulneración de su derecho a la libertad, bajo el argumento que las autoridades judiciales demandadas, no dieron respuesta oportuna al memorial de solicitud de cesación a la detención preventiva presentado el 17 de marzo de 2020, ni señalaron audiencia para dicho efecto, inobservando el procedimiento previsto en la disposición transitoria Décima Segunda de la Ley 1173.
En antecedentes se observa que el impetrante de tutela, mediante memorial de 17 de marzo de 2020, dirigido al Tribunal de Sentencia Penal Primero de Quillacollo del departamento de Cochabamba; solicitó audiencia de cesación a la detención preventiva ante el incumplimiento de conminatoria por parte del Ministerio Público.