SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2021-S4
Fecha: 11-May-2021
concedió
La Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 19/2020 de 5 de marzo, cursante de fs. 62 a 65, concedió la tutela impetrada bajo los siguientes argumentos: a) La accionante se encuentra legitimada para exigir que la autoridad demandada le otorgue una respuesta ante los hechos que se generaron a raíz de la emisión Resolución 107-2019; puesto que, al momento de ser retirada del ICU, acudió en tres oportunidades, a la Secretaría del Rectorado para presentar notas en las que solicitó la reconsideración de la resolución del ICU, sin recibir respuesta alguna; b) La situación se agravó cuando el indicado Consejo Universitario se reunió en tres oportunidades en el transcurso de 2020; empero, no respondió positiva ni negativamente a su pedido, siendo obligación del Rector de la UAGRM, en calidad de máxima autoridad ejecutiva agendar en el temario del ICU el pedido reiterativo; y, c) El Rector de la UAGRM, en su condición de Presidente del ICU, deberá convocar a sesión extraordinaria en el plazo de setenta y dos horas, a efectos de considerar los pedidos realizados por la impetrante de tutela
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de los entes colegiados
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el derecho a la petición y la pretensión procesal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR
- 1° Conceder