SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2021-S4
Fecha: 11-May-2021
III.1. Legitimación pasiva de los entes colegiados
Sobre la legitimación pasiva de los entes colegiados, la SC 0994/2005-R de 19 de agosto, en lo pertinente señaló lo siguiente: “…debe tenerse en cuenta cuando se trata de actos u omisiones indebidas que emanen de otros entes colegiados con número de miembros numeroso, por mencionar algunos, asambleas de sociedades cooperativas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, asociaciones, etc., en cuyo caso la demanda deberá plantearse en contra de su representante legal o del directorio en su caso.
Lo propio debe tenerse en cuenta cuando se trata de actos u omisiones indebidas que emanen de otros entes colegiados con número de miembros numeroso, por mencionar algunos, asambleas de sociedades cooperativas, sociedades anónimas, sociedades de responsabilidad limitada, sindicatos, asociaciones, etc., en cuyo caso la demanda deberá plantearse en contra de su representante legal o del directorio en su caso” (las negrillas son nuestras).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de los entes colegiados
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el derecho a la petición y la pretensión procesal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR
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