SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0101/2021-S4
Fecha: 11-May-2021
Fragmento 16
A lo señalado, la SCP 0624/2020-S4 de 28 de octubre, complementó lo siguiente: “…respecto a la legitimación pasiva de quienes conforman un tribunal colegiado; corresponde señalar que la SC 0447/2010-R de 28 de junio, modulando entendimientos anteriores, estableció que no es necesario demandar a todos los miembros de un ente colegiado, cuando éste cuente con un número de miembros numeroso, pudiendo plantearse incluso solamente en contra del representante legal o del directorio en su caso, a fin de lograr un real acceso a la justicia y evitar la lesión del carácter sumarísimo e inmediato de la tutela que brinda la acción de amparo constitucional; consecuentemente, se advierte el cumplimiento de la legitimación pasiva, al haberse practicado la citación a todos los demandados identificados por el accionante”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- I.3.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva de los entes colegiados
- Fragmento 16
- III.2. Sobre el derecho a la petición y la pretensión procesal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- CONFIRMAR
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