SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2021-S2

Fecha: 10-May-2021

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 17 de marzo de 2020, recibió la copia de la nota del Banco FASSIL (Sociedad Anónima) S.A. mediante la cual la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) en virtud a la Circular ASFI/DAJ/CC-2040/2020 de 4 de marzo, instruyó la retención de fondos de su cuenta en el Banco de Desarrollo Productivo Sociedad Anónima Mixta (BDP S.A.M.) dispuesta por el Juzgado Público Civil y Comercial Decimosegundo de la Capital del departamento de Santa Cruz dentro del proceso con Número de Registro Judicial (NUREJ) 70271953, por una supuesta deuda de Bs597 003 88.- (quinientos noventa y siete mil tres 88/100 bolivianos) contraída con la mencionada entidad bancaria.

Ante esta situación se apersonó al citado Juzgado extrañado porque jamás contrajo obligación crediticia alguna con dicha entidad, indicándole en Secretaría que la causa 142/2020 no se encontraba asignada a ese Despacho, convirtiéndose ese actuar en un procesamiento indebido por las medidas asumidas y decisiones arbitrarias en la aplicación de medidas cautelares reales sin una previa notificación o autorización judicial reteniendo los fondos del BDP S.A.M. donde depositan todo su salario; más aún, tomando en cuenta que este es inembargable, habiendo quedado sin dinero para la subsistencia de su familia.