SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0108/2021-S4

Fecha: 11-May-2021

II.1.

II.1.  Por Auto Interlocutorio de 12 de febrero de 2020, María Teresa Apaza Paz, Jueza de Instrucción Penal Tercera de Quillacollo del departamento de Cochabamba –hoy demandada–, determinó la aplicación de las siguientes medidas cautelares personales contra Sofía Silvia Pérez Ferrel –ahora impetrante de tutela–: a) Presentarse cada lunes de cada semana, ante la o el Fiscal asignado al caso, firmar el libro de presentaciones y concurrir a toda convocatoria que la o el Fiscal o Juez realice; b) Prohibición de comunicarse con la víctima y testigos, siempre que no afecte su derecho a la defensa; c) Impedimento para salir del país, sin previa autorización judicial, debiendo notificarse a la Dirección Departamental de Migración mediante orden instruida a objeto de que procedan al arraigo correspondiente otorgándose el plazo de veinte días a partir de ese momento; y, d) Presentar dos fiadores con domicilios independientes, demostrando con registros domiciliarios y solvencia económica, a dicho efecto señaló audiencia de efectivización de fiadores personales para el 3 de marzo de 2020 a las 11:00, en instalaciones del referido Juzgado; asimismo, en la parte final del citado documento se evidencia que la defensa de la ahora accionante, de conformidad al art. 251 del CPP apeló la determinación de la autoridad jurisdiccional; por lo que, se dispuso la remisión de antecedentes ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba (fs. 37 a 39 vta.).