SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0124/2021-S2
Fecha: 10-May-2021
III.2. Análisis del caso concreto
La accionante en su condición de Presidenta del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo, señaló que fueron conculcados los derechos a la salud, acceso a la misma; y, a la seguridad alimentaria de la población de Bermejo; toda vez que, el Alcalde de dicho Municipio no cumplió con la Ley Municipal 151/2020, que fue promulgada por el Concejo Municipal en el marco de lo establecido por la Ley 1307 que reasignó recursos del fondo de promoción e inversión hidrocarburifera de la ETA para hacer frente a la pandemia a causa del COVID-19; no obstante, hasta la fecha de presentación de esta acción tutelar, la referida Ley Municipal no fue cumplida por la autoridad demandada, siendo incluso que se le pidió informe al respecto, y lo único que hizo fue enviar a sus representantes con un informe a medias, por lo que tal omisión está vulnerando los derechos arriba señalados, dado que no hay atención médica en los centros de salud porque faltan los equipos y personal de salud, y al no existir contratos ni medicación correspondiente.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- concedió
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La Acción Popular procederá contra todo acto u omisión de las autoridades o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y la salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por esta Constitución
- La SCP 1560/2014 de 1 de agosto, también desarrolló la naturaleza jurídica de la acción popular, señalando que es una acción de defensa, elegida por el constituyente boliviano como el mecanismo jurisdiccional idóneo para la tutela de los derechos e intereses colectivos y difusos relacionados con el patrimonio, el espacio, la seguridad y salubridad pública, el medio ambiente y otros de similar naturaleza reconocidos por el art. 135 de la CPE
- III.2. Análisis del caso concreto
- INFORME DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LEY 1307
- Concejo Municipal con facultad deliberativa, fiscalizadora y legislativa municipal en el ámbito de sus competencias
- REVOCAR