SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2021-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2021-S2

Fecha: 12-May-2021

i)

Claudio Miguel Ávila Navajas y Ruth Candelaria Montero Montero, Alcalde y Secretaria Municipal de Hacienda respectivamente, del Gobierno Autónomo Municipal de San Lorenzo, a través de su representante, por informe escrito de 16 de marzo de 2020, cursante de fs. 190 a 191 vta., y en audiencia señalaron que: i) De manera verbal y en reiteradas oportunidades informaron al accionante las razones por las que no le cancelaron las planillas 16, 17 y 18; entre ellas, por la reducción del presupuesto a dicha entidad edil por parte del Tesoro General de la Nación (TGN); incluso, acudieron ante el Fondo Nacional de Desarrollo Rural (FNDR) para acceder a un fideicomiso, bajo la modalidad de préstamo para poder cumplir sus obligaciones; ii) Presentaron tres informes del Sistema de Gestión Pública (SIGEP) a través de los cuales indicaron el procedimiento para la cancelación y su método de supervisión; y, iii) Debido al cambio de autoridades en el Gobierno Central y el problema de recursos económicos, se vieron imposibilitados de honrar la deuda contraída.