SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2021-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2021-S4

Fecha: 17-May-2021

1)

Leda Mirna Ojopi Rivero, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Santa Cruz, por informe escrito de 17 de marzo de 2020, cursante de fs. 321 a 322, señaló que: 1) Por determinación del presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, fue designada en suplencia legal del Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Tercero del mencionado departamento, siendo notificada de dicha determinación el 21 de febrero del referido año; 2) No habiendo sido su autoridad quien fijó la audiencia de 3 de marzo del mismo año, y teniendo programada otra audiencia de medidas cautelares con aprehendido el mismo día y hora, no pudo asistir a la audiencia de cesación a la detención preventiva del accionante, ya que no pudo tomar los recaudos respectivos y priorizando la referida audiencia cautelar que exige el cumplimiento de un plazo; 3) Teniendo en cuenta que dos Juzgados de la Niñez y Adolescencia, atienden casos que corresponden a los propios y al Juzgado Tercero, deben priorizar las causas más urgentes, sumado a ello que la Secretaria del Juzgado Tercero se encuentra con baja médica; y, 4) En conocimiento del proceso penal por el cual es investigado el accionante, procedió a señalar nueva audiencia de cesación a la detención preventiva y existiendo acusación formal audiencia de juicio.

En audiencia tutelar, señaló que, por causa de vacaciones, toda la carga procesal recae en un solo Juzgado; advirtió además que, desde el 3 al 15 de enero de 2020, no se nombró suplencia para el Juzgado Público de la Niñez y Adolescencia Tercero, aspecto que derivó en la acumulación de causas que es atribuible al Consejo de la Magistratura.

El accionante denuncia, la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos, al juez natural, a la defensa, a la celeridad y presunción de inocencia, vinculado con su derecho a la libertad, en mérito a que: 1) Shirley Becerra Vaca, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Segunda del departamento de Santa Cruz, en suplencia legal de su similar Tercera, suspendió para el 3 de marzo de 2020 la audiencia de cesación a la detención preventiva solicitada por el accionante que debía instalarse el 21 de febrero del mismo año; y, 2) Leda Mirna Ojopi Rivero, Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del mismo departamento, en suplencia legal de su similar Tercera, suspendió, sin fecha, la audiencia de cesación a la detención preventiva señalada para el 3 de marzo de 2020.