SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0142/2021-S3

Fecha: 04-May-2021

a)

El accionante a través de su abogado en audiencia ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad y ampliándolo manifestó que: a) Se debe tomar en cuenta la celeridad del proceso cuando se trata de detenidos preventivos; b) La Jueza hoy accionada mediante providencia señaló los turnos establecidos por el Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, sin considerar que las audiencias son virtuales, por lo que se pueden llevar a cabo a la brevedad posible, sin necesidad del traslado del detenido o “notificación”; y, c) En esta pandemia -se entiende del Coronavirus (COVID-19)- los Estados a través de sus poderes deberían pronunciarse sobre las medidas alternativas para modificar la detención preventiva, debiéndose tomar en cuenta que al señalar audiencia con diez días de dilación se afecta gravemente su situación jurídica.